Compensaciones por retrasos en Semana Santa




La semana santa es una época muy importante para muchos viajeros, pero también puede ser una época de retrasos en los vuelos y trenes. Por eso, es importante conocer tus derechos y cómo puedes reclamar indemnizaciones en caso de sufrir algún inconveniente en tu viaje.

Según el artículo 7 del Reglamento Europeo 261/2004, si tu vuelo se retrasa más de tres horas o es cancelado, tienes derecho a recibir una indemnización económica que puede oscilar entre los 250 y 600 euros, dependiendo de la distancia del vuelo. Además, la aerolínea también está obligada a ofrecerte asistencia, como comida y alojamiento, en caso de que sea necesario.

En el caso de los trenes, el Reglamento Europeo 1371/2007 establece que si tu tren llega con un retraso de más de una hora a su destino final, tienes derecho a recibir una indemnización del 25% del precio del billete. Si el retraso es de más de dos horas, la indemnización será del 50%.

Es importante tener en cuenta que estas indemnizaciones solo aplican si el retraso o cancelación es responsabilidad de la aerolínea o empresa ferroviaria. Si el retraso se debe a circunstancias extraordinarias, como mal tiempo o huelgas, no se aplicará la indemnización.

Por eso, es recomendable guardar todos los documentos y comprobantes de tu viaje y contactar con la aerolínea o empresa de trenes para reclamar tu indemnización. Si no recibes una respuesta satisfactoria, puedes acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea o la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, dependiendo del medio de transporte.

No dejes que un retraso arruine tus planes de semana santa. Conoce tus derechos y reclama lo que te corresponde en caso de sufrir algún inconveniente en tu viaje. ¡Felices y seguros viajes!

01/04/2024 08:01

Comentarios


Aún no hay comentarios